Después de la aprobación de la nefasta Reforma Laboral Ley 789 de 2002, y con el gobierno neoliberal de Álvaro Uribe Vélez, se agudiza un periodo de trasgresión a los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras en Colombia, pues se aumenta la jornada laboral hasta las 10:00 PM, quitando la posibilidad de Recargo Nocturno en el horario tradicional, se suavizan las indemnizaciones de despido, etc. Pero se da el golpe mas lesivo que en su historia el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA ha recibido, se deslaboraliza el Contrato de Aprendizaje.
El Contrato de Aprendizaje permitía la inserción de las personas en el mundo del trabajo, y también garantizaba para los trabajadores y trabajadoras en formación del SENA los derechos mínimos consagrados en el artículo 53 de la Constitución. En este contrato se reconocía la REALIDAD de nuestra situación laboral, pues éramos TRABAJADORES-ALUMNOS y recibíamos lo que eso amerita: Seguridad Social, Prestaciones Sociales, primas legales y extralegales, el salario mínimo de la empresa patrocinadora, y la preferencia a la hora de ser contratados en ella. Lo que hizo el gobierno ladrón en este doble periodo fue enajenar nuestra dignidad humana, entregándonos un contrato precario y acorde con las exigencias del imperio que le domina, pues la economía transnacional a quien los últimos gobiernos han entregado nuestro país, demanda mano de obra BARATA, y ante todo sumisa y obediente.
Esta modalidad de contratación de aprendices del SENA, es una forma más en la que se sobreexplota a la juventud colombiana y se precariza su trabajo, vulnerando la legislación laboral nacional e internacional, la Declaración de Derechos Humanos: A trabajo igual, salario igual, los convenios de la OIT y la dignidad humana. La desprotección laboral, la ausencia de garantías y prestaciones en el trabajo, y la precaria remuneración, NO son una forma de disminuir el desempleo, sino de regresar a la esclavitud y todo ello, va de la mano a una notoria desmejora en la calidad de la formación para el trabajo en Colombia y niega a las posibilidades a los jóvenes de aumentar su calidad de vida y por lo contrario genera maquinas útiles al servicio del sistema neoliberal que no requiere trabajadores pensantes sino mano de obra barata para la maquila.
Es de mayor gravedad aun el hecho de que el Contrato de Aprendizaje no solo vulnera los derechos de los trabajadores y trabajadoras en formación del SENA, sino que se traslada a la juventud en general. El Banco Mundial en su informe “Ajuste, Reforma y Productividad del Mercado Laboral en Colombia” recomienda al país generar una forma de contratación mucho más flexible, como la del Contrato de Aprendizaje, esto como solución al desempleo que sufren hoy los jóvenes en el país. Una pista de ellos, no la dan iniciativas legislativas, hoy en curso que atienden la “recomendaciones del Banco Mundial” como la del Primer Empleo.
De cara a este grave problema que inmiscuye a la generalidad de la juventud trabajadora hoy, se nos presenta el Proyecto de Ley Estatuto del Trabajo donde se reestablece la calidad laboral del Contrato de Aprendizaje, lo que nos permitiría acceder a nuestros derechos legítimos como trabajadores y trabajadoras que somos, además significa la DEROGATORIA DE LA LEY 789/02 DE FLEXIBILIZACION LABORAL, pues con base en todos los acuerdos de la Organización Internacional del Trabajo OIT, ratificados por Colombia, fortalece además la organización de la clase trabajadora, aumenta el tiempo de la licencia de maternidad en el trabajo, establece la obligatoriedad de los contratos a termino indefinido, hace onerosos los despidos, regresa la jornada laboral a su estado original, etc.
Otro punto clave en el desarrollo de la propuesta de estatuto de trabajo, es el de las leyes de flexibilización laboral que recaen a mayor escala en la mujeres, ejemplo de ello es que en Colombia las mujeres padecen mayor desempleo en un 20%, comparado con los hombres, los salarios masculinos siguen siendo mayores que los de las mujeres, las maquilas son empleadas en su mayoría por mujeres, con otro ejemplo (las empresas satélites de fabricación de ropa y las empresas de flores) además los contratos de flexibilización laboral no protegen a la maternidad, por el contrario desprenden la obligación del estado y vulnera los derechos ganados por las mujeres durante décadas, pretendemos garantizar la igualdad de derechos laborales, sin exclusiones por clase, etnia, edad, opción sexual y/ó religiosa y continuar reclamando colectivamente todos los derechos que hemos obtenido históricamente.
Peor además es un instrumento de pelea no solo desde el SENA, pues como vemos la reforma laboral a afectado a todos los sectores claves de la economía, en especial la clase obrera, para quien se ha aplicado a mayor rigor toda la flexibilización laboral, recordemos que la excusa del gobierno fue aumentar las tazas de empleo, beneficiando a los grandes empresarios del país, y precarizando las condiciones de los trabajadores y trabajadoras, es necesario que en el SENA nos sumemos masiva y organizadamente a esta iniciativa de Ley, aportando desde nuestra realidad lo que debería incluir este proyecto, pues la presión popular es la fuerza transformadora y liberadora de los pueblos que reprime el sistema oligárquico, rapaz y abusador como el que sufre hoy nuestro país, así mismo que desde el SENA impulsemos la derogatoria de la REFORMA LABORAL, por medio del apoyo al ESTATUTO DE TRABAJO, y convoquemos a las organizaciones de trabajadores y trabajadoras, por la defensa de nuestros derechos.
Aspectos a incluir dentro del Proyecto de Ley.
Ante todo es necesario restablecer la identidad que como trabajadores y trabajadoras en formación teníamos antes de la reforma, y es la de TRABAJADORES-ALUMNOS, no aprendices.
Se debe estipular la distribución del salario a devengar, discriminando las etapas lectiva y productiva, que debe corresponder como en la Ley 188 de 1959, al 50% del salario mínimo de la empresa patrocinadora en lectiva y el 100% del mismo en la etapa productiva.
En la anterior Ley, el Contrato de Aprendizaje tenia una condición TRIPARTITA, es decir, incluía al SENA en la relación contractual, ahora es BIPARTITA solo hay dos partes, el aprendiz y la empresa. Es necesario reestablecer esta figura, para que la entidad de formación garantice la pertinencia de las funciones y complementariedad del aprendizaje en toda la duración del proceso formativo y del contrato.
Debe ser obligatorio el Contrato de Aprendizaje desde el inicio de la formación y señalar la figura de retroactividad en los pagos.
El Contrato de Aprendizaje no puede suspenderse por ningún motivo en los casos de licencia de maternidad, además la vinculación y la contratación, no puede discriminar a las trabajadoras de formación en estado de embarazo, ya que se desconoce el derecho a la vida y la protección especial que esta condición amerita y tiene legalmente.
La Ley 119 de 1994, en su articulo 10, numeral 9, ordinal g, establece el programa de capacitación y becas para los alumnos. Además, el acuerdo 013 de junio 04 de 1995 reglamentaba el PROGRAMA DE APOYOS DE SOSTENIMIENTO PARA CAPACITACIÓN. Tales apoyos de sostenimiento se deben tomar en cuenta dentro de la reglamentación de Contrato de Aprendizaje, cuya financiación provenía de las multas a empresas que no patrocinaban. Debe reestablecerse la cuantía del 50% del SMLV en la etapa lectiva y el 100% en la productiva. Además la entidad de formación tiene la obligación de garantizar las prácticas del trabajador-alumno o trabajadora-alumna.
Bucaramanga, 22 de abril de 2008
Asociación Nacional de Egresados y Estudiantes Trabajadores del SENA

Texto tomado del Colectivo de Estudiantes del SENA – Bogotá
en calidad de lo que se conoce con el nuevo calificativo de "aprendiz sena", en lugar del que nos pertenece con los fines con que fue creado el sena "estudiante trabajador". Expreso mi voz de rechazo por las políticas de estado que degradan los derechos de los trabajadores colombianos y que adema manosean un organismo; una institución que le pertenece al pueblo colombiano, a nosotros a nuestros padres a todo el pueblo contribuyente de este país, es de los trabajadores y para los trabajadores. Por lo tanto lo defiendo y estoy a disposición para crear ambientes de discusión sobre estos temas al interior de los centros de formación, generar debate y tocar las fibras sensibles de todos los compañeros.
ResponderEliminarME PARECE EXCELENTE EL DOCUMENTO, UNA REALIDAD VISTA DESDE ADENTRO, SOY UNA ESTUDIANTE TRABAJADORA Y EN CALIDAD DE LO QUE APRENDI EN EL SENA ME DESEMEPEÑOEN UNA EMPRESA DE LA MANERA MAS RESPONSABLE Y PROFESIONAL.
ResponderEliminarDESDE EL INICIO NO ME HE SENTIDO APRENDIZ, YA QUE TENGO MUCHO QUE APORTAR DE MI CONOCIMIENTO SIN DEJAR NUNCA DE RECIBIR NUEVOS APORTES. OJALA EL PROYECTO DE LEY SE APRUEBE PUES SERIA MAS QUE JUSTO PARA NOSOTROS QUE NOS TRATEN COMO LO QUE SOMOS TRABAJADORES NO COMO RELLENOS DE LAS EMPRESAS SIMPLEMENTE PARA NO PAGAR UNAS MULTAS.
POR QUE PARA MI PUNTO DE VISTA EN ESO NOS ESTAN CONVIRTIENDO LAS DECISIONES DE UN GOBIERNO IMPARCIAL DE MANO FIRME Y CORAZON...FALSO.