PLIEGO NACIONAL DE PETICIONES ESTUDIANTIL



PLIEGO ESTUDIANTIL NACIONAL DE PETICIONES


Las circunstancias actuales del SENA no son distintas a la realidad social que vive el país, marcadas por una política neoliberal que pretende extirpar el patrimonio público y la calidad de vida de la población. En el SENA en particular el caos administrativo e institucional que agobia la Entidad se desarrollan en un desmedro de la política pedagógica, la precarización del bienestar estudiantil, la superexplotación de los aprendices vía contrato de aprendizaje y las constantes amenazas contra su presupuesto entre otros, reclaman del concurso decidido de los estudiantes que constituyen la mayor fuerza social al interior de la Entidad.

Concientes de esto los estudiantes del SENA decidimos realizar tres encuentros zonales (Sur, Centro y Norte del País) para caracterizar y vislumbrar esta problemática, arrojando como definición de estos encuentros la formulación de las siguientes peticiones:

ARTICULO I

FORMACION PROFESIONAL INTEGRAL

A través de cincuenta años de existencia, el SENA como institución pública ha sostenido su misión de ofrecer y ejecutar la Formación Profesional Integral, invirtiendo en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos y así posicionarse ante el país como un pilar fundamental para el desarrollo del mundo del trabajo y la producción, de allí que la Formación Profesional Integral representa la columna vertebral del SENA y por ende ha sido blanco de los ataques de las políticas actuales de formación que han conducido a un progresivo marchitamiento y anunciado exterminio de la entidad. Creemos fundamental y además oportuno plantear en el contexto del fortalecimiento de la Formación Profesional Integral que el SENA se obligue a:

1. Revisar, evaluar y modificar las estructuras, diseños y desarrollos curriculares, con el fin de aumentar el tiempo de formación tanto en la etapa lectiva como en la etapa productiva.

2. Detener definitivamente la integración de los módulos básicos, transversales y de política institucional con los módulos específicos.

3. Revisar, evaluar y modificar las políticas pedagógicas impuestas en los últimos años, que destrozan la formación profesional integral.

4. Rechazar la virtualización como metodología de formación, y exigir que se delimite su implementación como una herramienta de aprendizaje.

5. Detener la transformación de los ambientes de aprendizaje, hasta tanto no se haga una sustentación técnico pedagógica para cada especialidad, concertada con la comunidad educativa.

6. Suspender la apertura de programas formativos hasta que se garantice el debido alistamiento en los centros, (aulas, talleres, invernaderos, estanques, laboratorios, fincas, simuladores, prototipos, maquinaria, equipos, seguridad industrial, materiales, instructores con perfil apropiado, etc.), y garantizarle éste a los grupos que se encuentran en formación.

7. Detener de inmediato la articulación de la formación profesional con la media técnica, al mismo tiempo reestablecer las diferencias sustanciales que existen entre la educación formal y la educación no formal, con el ánimo de rescatar la misión del SENA.

8. Garantizar económica y pedagógicamente (transporte, alimentación, alojamiento, instructor), las visitas técnicas en el proceso formativo donde se requiera, sin que sean incluidas en el rubro de bienestar al alumnado.

9. Exigir el perfil adecuado de los instructores a la hora de vincularse a la entidad, e igualmente impartir capacitación misional técnico pedagógica a todos los instructores de acuerdo al programa de formación asignado.

10. Definir los perfiles ocupacionales del egresado SENA en cada especialidad, buscando que tenga una relación directa con el nombre del curso.

ARTICULO II

CONTRATO DE APRENDIZAJE

El SENA como promotor de la flexibilización laboral dada a través de la ley 789 del 2002 al Contrato de Aprendizaje, precarizó las condiciones de los trabajadores de nuestro país y atacó el Contrato, situando a los aprendices en condiciones de superexplotación, quitándole el carácter laboral y las justas garantías; por lo tanto el SENA se obliga a:

1. Pronunciarse en contra de la reforma laboral ley 789/02, por dejar un balance supremamente negativo en la entidad, por lo tanto se exige que la Dirección General del SENA haga lobby parlamentario para apoyar el acto legislativo 196/07 de la Senadora Gloria Inés Ramírez, Estatuto del Trabajo que busca la derogatoria de esa nociva ley, y devolverle el carácter laboral al contrato de aprendizaje.

2. Garantizar la consecución del contrato de aprendizaje desde el inicio de la etapa lectiva y acompañar al trabajador–alumno en la etapa productiva mediante seguimientos para rescatar el carácter coformador de la empresa.

3. Eliminar las pasantias y prácticas empresariales como forma de sustitución del contrato de aprendizaje, por no garantizar las condiciones laborales y académicas del mismo.

4. Modificar la normatividad de beneficio y adjudicación de los apoyos de sostenimiento para garantizar su cobertura a la población estudiantil más vulnerable, y eliminar el plan de negocios como requisito para la adquisición del mismo. De igual forma aumentar del 20% al 50% los recursos que son destinados para estos efectos, dejando entonces una relación 50% fondo emprender y 50% apoyos de sostenimiento.

5. Modificar la reglamentación de las becas FIC, a favor de los estudiantes del sector de la construcción, de tal manera que se garanticen las mismas condiciones del contrato de aprendizaje.

ARTICULO III

BIENESTAR ESTUDIANTIL

Rescatando la función esencial del SENA al momento de su creación y entendiendo las condiciones socioeconómicas de la población estudiantil en los centros de formación, exigimos que para garantizar la formación profesional e integral el SENA se obliga a:

1. Ampliar y establecer la cobertura del transporte en los centros de formación del SENA a nivel nacional; para el caso de los estudiantes alojados en los internados del SENA, se debe garantizar el transporte hacia sus municipios y/o veredas de residencia.

2. Garantizar el subsidio de alimentación en términos de almuerzo y cena para la población estudiantil según la jornada de formación.

3. Establecer servicios de salud óptimos en todos los centros de formación como: enfermería, primeros auxilios, servicios odontológicos, capacitación en riesgos profesionales, atención de emergencia para estudiantes, exámenes de ingreso y vacunas.

4. Restablecer el programa integral de complemento alimenticio PICA, que consiste en un sólido y líquido de alta calidad para los estudiantes, con el ánimo de crear condiciones objetivas para el aprendizaje en todos los centros del país.

5. Garantizar en todos los centros del país las ferias culturales y deportivas, teniendo en cuenta además de las disciplinas normales (fútbol, micro fútbol, baloncesto, voleibol, ajedrez, etc.), los otros deportes que se practican en cada región. Con lo anterior, generar un apoyo a los aprendices deportistas de alto rendimiento.

6. Implementar y mejorar espacios y jornadas de recreación y deporte tales como: coliseos, canchas, elementos deportivos, gimnasios y demás.

7. Eliminar del rubro de bienestar estudiantil pagos por salarios y contratos para las personas encargadas y desarrolladoras del bienestar (capellán, psicólogos, trabajadoras sociales, instructores de ingles, informatica básica, psicoorientadores, enfermeras, instructores de artes y deportes, etc.).

8. Establecer cafeterías cuyas condiciones sean óptimas y con precios al alcance de los estudiantes en cada centro de formación del país.

9. Adicionar recursos provenientes de la Dirección General, al presupuesto de bienestar estudiantil cuando este se haya agotado en los centros de formación.

10. Eliminar las 20 horas de trabajos mensuales que deben donar los estudiantes beneficiarios del internado, por considerarse este un derecho que no puede ser objeto de ningún tipo de cobro.

ARTICULO IV

DEFENSA DE LOS PARAFISCALES Y EL PRESUPUESTO

El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, es un Establecimiento Público de orden Nacional con personería jurídica, patrimonio propio e independiente, y autonomía administrativa, ley 119/94 Capt. 1 Art. 1, por lo tanto el SENA se obliga a:

1. Impedir la administración de las rentas parafiscales por entidades y/o corporaciones estatales o privadas como el Ministerio de Hacienda, pues estas rentas son de destinación específica y el SENA tiene la capacidad y autonomía para seguirlas administrando.

2. Detener la entrega de recursos a terceras entidades so pretexto de ampliar cobertura sabiendo que el SENA es la mejor entidad de formación del país, y tiene todas las condiciones que se requieren para ofrecer y ejecutar formación de alta calidad, además que esta política marchita la entidad.

3. Invertir todo su presupuesto en las acciones de formación y misión institucional, mejorando la calidad en los procesos de formación profesional integral como: investigación y desarrollo técnico-pedagógico, bibliotecas y foros nacionales sobre el desarrollo de la formación profesional integral del país.

ARTICULO V

INFRAESTRUCTURA Y PLANTA DE PERSONAL

Ninguna Entidad u Organización en el mundo puede funcionar sin infraestructura y planta de personal, máxime con la función social tan grande que tiene la Entidad, por lo tanto se obliga al SENA a:

1. Destinar los recursos necesarios para mantenimiento, adecuación y mejora de la planta física en edificios (baños, pasillos, ventanas, techos, etc.), zona verdes, etc. Y garantizar la planta de personal encargada de estos aspectos.

2. Ampliar la planta de personal en condiciones dignas para suplir las necesidades de cada centro de formación, tales como instructores y funcionarios de las demás áreas.

ARTICULO VI

RESPETO DEL DERECHO Y ORGANIZACIÓN A LA AUTONOMIA ESTUDIANTIL

En el marco del derecho legítimo de los pueblos a organizarse, pensar y disentir de otros planteamientos con ánimo autónomo e independiente y concretamente en la constitución política, artículos 18, 20, 29, 37, y 38.

Es necesario que en el SENA no se violen estos derechos, por lo tanto el SENA se obliga a:

1. Respetar las dinámicas propias de las organizaciones estudiantiles al interior del SENA, como son: pasar por salones, desarrollar asambleas informativas en espacios públicos, citar foros, conferencias y reuniones, difundir información escrita y audiovisual; realizar actividades que vinculen o integren a la comunidad estudiantil y demás actividades que las organizaciones crean necesarias para difundir sus ideas.

2. No perseguir en forma alguna a las organizaciones estudiantiles, sus dirigentes e integrantes garantizando el derecho al debido proceso consagrado en el articulo 29 de la Constitución Política Colombiana; los funcionarios y directivos que incurran en ello, serán objeto de procesos disciplinarios y sanciones.

3. Garantizar los espacios y condiciones para reunión y operación de las organizaciones estudiantiles, con el ánimo de hacer efectivos los derechos ya mencionados.

4. Otorgar los permisos necesarios a los integrantes de las organizaciones estudiantiles para asistir a encuentros, jornadas de trabajo, visitas a otros centros y demás espacios necesarios para la organización estudiantil.

Consideramos que es urgente abrir un espacio para darle salida a estas solicitudes por medio de compromisos concretos y tiempos respectivos, esperando que a la mayor brevedad se presente una respuesta para abrir un espacio de negociación entre la administración y la comisión que nosotros designemos para ello.

NOTIFICACIONES: SENA complejo Salomia, bloque 6, 3 piso, oficina COES, coesnacional@gmail.com – anetsena@gmail.com –

Bogotá, 05 de diciembre de 2007.

Comité de Estudiantes y Egresados del SENA, COES Nacional.

Asociación Nacional de Egresados y Estudiantes del SENA, ANETSENA.

Colectivo Estudiantil por la Defensa del SENA.


NO HAN DANDO RESPUESTA A PESAR DE QUE FUE ENTREGADO A FINALES DEL 2007.
EXIGIMOS LA PRONTA NEGOCIACION DEL PLIEGO....

APRENDICES SENAAAAAAAAAAA

PRESENTES ........ PRESENTES........PRESENTES

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